En diciembre de 2025, la Comisión Europea publicó la evaluación de una década del programa Creative Europe. Los resultados son concretos, €2.44 mil millones ejecutados en el ciclo 2021-2027, €2 mil millones en préstamos movilizados a través del Fondo de Garantía para sectores culturales y creativos, quince transacciones activas en once países. La Comisión ya propuso su sucesor, AgoraEU, con un presupuesto de €8.600 millones para 2028-2034. El modelo funciona. La pregunta relevante para Iberoamérica es por qué funciona.
El mecanismo central no es el dinero. El Fondo de Garantía Cultural europeo, gestionado por el Fondo Europeo de Inversiones, cubre hasta el 70% de las pérdidas por préstamo a empresas creativas sin activos tangibles como respaldo. Para que ese instrumento operara, fue necesario establecer previamente las condiciones jurídicas que lo hacen viable; criterios verificables de valoración del activo intangible reconocidos por el sistema financiero, definición del derecho susceptible de ejecución, y adecuación regulatoria del sistema bancario para leer el perfil de riesgo de un sector cuyo activo principal es un derecho de propiedad intelectual. Sin esas condiciones, el dinero no llega al creador porque el sistema financiero no sabe cómo tratar lo que tiene enfrente. Europa tardó una década en construirlas.
Ese modelo no descansa únicamente en instrumentos financieros, también lo hace en condiciones jurídicas específicas que permiten tratar la propiedad intelectual como activo de garantía, entre ellas identificación del derecho susceptible de ejecución, trazabilidad de la titularidad en términos exigibles frente a terceros, posibilidad de cesión o ejecución ante incumplimiento, y reconocimiento regulatorio de su valor dentro de los criterios de riesgo del sistema financiero. Sin esos elementos, el derecho existe pero no puede circular como activo financiero.
En septiembre de 2025, la Conferencia de Ministros de Cultura de Barcelona aprobó el Fondo Iberoamericano de Garantías Recíprocas para las industrias culturales y creativas. La región tiene la decisión política y la escala que la justifica, el streaming musical en América Latina pasará de USD 1.250 millones en 2025 a USD 4.960 millones en 2031, y ese crecimiento representa derechos de propiedad intelectual que los creadores de la región aún no pueden usar como respaldo financiero. El PIICC construye simultáneamente el Estatuto de la Persona Artista y los marcos de gestión colectiva frente al streaming. La voluntad institucional existe, lo que está por definirse son las condiciones jurídicas que convierten esa voluntad en instrumento operable; cómo se determina qué derechos son susceptibles de ejecución en cada ordenamiento, cómo se verifica la titularidad frente al sistema financiero, cómo se estructura la garantía sobre un activo cuya naturaleza el derecho de cada país miembro regula de manera distinta.
Sin esas condiciones jurídicas resueltas, el Fondo garantiza acceso a recursos que el sistema financiero no sabrá cómo desembolsar.
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